Según
Sentencia de Sala Constitucional de hoy 28 de Octubre del 2016, número 907,
expediente 16-1017, el Presidente de la República, Nicolás Maduro, es
venezolano por nacimiento y no tiene doble nacionalidad.
“Esta sala debe
indicar, en primer lugar, que consta en autos copia debidamente certificada de
documento oficial contentivo del acta de nacimiento del ciudadano Nicolás
Maduro Moros, remitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), signada al
dorso con el número 2823, en la que se deja constancia que el ciudadano Nicolás
Maduro Moros, nació en la ciudad de Caracas, para entonces, Departamento
Libertador del Distrito Federal, parroquia la Candelaria, el 23 de noviembre de
1962”
A pesar
de esta sentencia emanada de un TSJ que actúa como una sucursal del PSUV, el
problema de la doble nacionalidad como limitante de restricción absoluta para
algunos cargos públicos según lo previsto en el Artículo 41 Constitucional, ha
sido una de los tantos mandatos constitucionales violentados impunemente por el
CNE en su responsabilidad elemental de verificación de la partida de nacimiento
de los candidatos cuando esos cargos precedan un sufragio. En esos casos abarca
no solo al Presidente de La República, a quien se lo repite el Art 227, sino
también, entre otros, al Presidente de la Asamblea Nacional (Ya Maduro estuvo
en el cargo).
Como
ejemplo didáctico del asunto, hace algunos días, una persona simpatizante del
disparate que nos desgobierna, al opinar sobre el tema de la presunta
doble-nacionalidad del presidente Maduro, comentó alegremente que “Carlos
Andrés Pérez era Colombiano, había sido presidente dos veces y no hubo tanto
problema”.
El
problema de la nacionalidad de CAP fue en su momento llevado al debate público
por sus opositores, y el entonces presidente, a diferencia del actual que se
esconde detrás de los juristas del horror del TSJ, presentó públicamente y
frente a las cámaras y la prensa su partida de nacimiento, demostrando que
nació en Rubio y por tal razón era venezolano por nacimiento, aunque por ser
hijo de Antonio Pérez Lemus, comerciante de origen Colombiano, tendría también
en forma automática la nacionalidad Colombiana, como muchas familias de esa
zona fronteriza. Allí acabó la bulla de los opositores de Pérez, se acabó el
problema.
La
diferencia de "las bolas de Pérez" con el asunto de Maduro que hoy el
TSJ intenta maquillar, radica en que la Constitución de 1961, en su Artículo
182 solo exigía para ser Presidente de la República “ser venezolano por
nacimiento, mayor de 30 años y de estado seglar”, a lo cual se le sumaba la
restricción aprobada en la enmienda nro. 1 del 09-05-1973.
Esta
situación, por criterio de Seguridad y Defensa Nacional, cambió a partir de
1999 cuando la actual Constitución venezolana le exige al Presidente de la
República y a otras máximas autoridades no tener doble nacionalidad (Le
recomiendo leer los Artículos 41 y 227).
Hay
mucha gente metida en política que para 1999, así como Pérez, ya tenían la
doble nacionalidad y no podían o no les interesó echarse para atrás y, en el
caso del vecino país, es conveniente recordar que la Constitución Colombiana,
al igual que la Venezolana, otorga en forma automática el derecho a la
nacionalidad "por nacimiento" de acuerdo al "ius sole" (el
que nace en su territorio) y también por "ius sanguini" (el que nace
fuera del territorio hijos de sus nacionales) con las observaciones que para el
efecto establece el artículo 96 de la constitución colombiana, la cual en su
penúltimo párrafo ordena: "la calidad de nacional colombiano no se pierde
por el hecho de adquirir otra nacionalidad".
Según
lo explicado, es indiscutible que Carlos Andrés Pérez, a pesar de nacer en
Rubio, Estado Táchira, y ser venezolano por nacimiento, al mostrar la partida de
Nacimiento donde se señalaba que era hijo de un natural de Colombia, confirmaba
su doble nacionalidad, y por tal razón, con la nueva Carta Magna, no hubiera
podido ser Presidente, a menos que como el actual presidente Venezolano, el Organismo
Electoral oculte información sobre una partida de nacimiento que nunca ha sido
mostrada, y ahora el TSJ, sin nombrar la fulana partida de nacimiento, determina
que "Maduro es venezolano y no tiene doble nacionalidad" En las líneas
que no se ven se puede leer "y nadie, ni revocatorio, ni elecciones lo
saca de Miraflores".
Esa
vulnerabilidad republicana sobre la doble nacionalidad ocurrida con Pérez, y
quien sabe con cuantos presidentes más, trató de corregirse con la nueva
Constitución al redactarse la expresa prohibición referida a la doble
nacionalidad para los altos cargos, que partidos políticos desdeñan al postular,
que el CNE no verifica al aceptar la inscripción, y que hoy los juristas del
horror entierran en el pantanal de la indignidad en el que han convertido el
máximo tribunal.
Sin
importar lo que pueda escribir un TSJ ilegitimo e inconstitucional, puedo
inferir en el análisis que Maduro pudiera haber nacido en Cúcuta, pero si en un
supuesto el padre es venezolano (parece demostrado que la madre si es colombiana),
así no le guste a opositores radicales, sería venezolano por nacimiento si
acaso se cumplieran los requisitos del Artículo 32-3, y con eso validaría el
requisito constitucional exigido en cuanto a la nacionalidad originaria, pero
no el de tenencia o no de doble nacionalidad, así sus juristas militantes digan
lo que les dé la gana.
Claro
que es conjetura, pero nadie puede negar que el tema hasta ser colocado en la
agenda legislativa de esta semana hubiera sido tratado con cierto desdén,
inclusive hace años Teodoro Petkoff (otro con doble nacionalidad) y algunos
personeros de la MUD extrañamente le restaron importancia al asunto señalándolo
como intrascendente. Pero ahora, con los ánimos caldeados, y el tema en la
agenda de debates de la Asamblea opositora, esta “oportuna sentencia previa al
debate golpista”, surgida de una desprestigiada Sala Constitucional presidida
por la ex procuradora de Chávez y conformado por dos ex diputados y otras
fichas del PSUV, en vez de ayudar a Maduro, AL DEFENDERLO, le grita al mundo
que lo que hasta ahora eran rumores de las redes y declaraciones aisladas de
opositores radicales y endemoniados, era verdad: ¡MADURO TIENE DOBLE
NACIONALIDAD Y NO DEBIÓ SER PRESIDENTE !
Actualmente,
como consecuencia que los tres poderes públicos no surgidos del sufragio, están
descarada e impunemente conformados y dirigidos por funcionarios vinculados
pública y abiertamente al partido de gobierno, el mandato de autonomía,
equilibrio y separación de poderes no existe, y ha sido sustituida por una
dictadura del partido PSUV, quedando negada cualquier posibilidad institucional
de restablecer el orden Constitucional siendo el caso de la doble nacionalidad
y esta deplorable sentencia, uno de los muchísimos ejemplos de la trágica ruptura
de ese orden y de la desconfianza que existe en una inmensa mayoría de ciudadanos
en los Poderes Electoral, Judicial y Ciudadano que nada tiene de "MORAL..
¡SI
NO HAY CONFIANZA EN LOS PODERES PÚBLICOS, SE DESBORDAN LAS DUDAS! LA
LEGITIMIDAD TAN CACAREADA SE SUSTENTA INDISCUTIBLEMENTE EN ESA CONFIANZA.
Para
un mejor entendimiento de tanta torpeza, considero que cualquier persona con
algo de criterio que observe este video,de hace varios años, no puede más que sentir dudas y
vergüenza ajena al escuchar las respuestas de Tibisay Lucena ante las preguntas
complacientes de un entrevistador que militó en el PSUV. Allí se puede deducir
que hoy, 28 de Octubre del 2016, el TSJ está tratando de “remendarle el capote”
al CNE.
Más
allá de las contradicciones sobre el lugar de nacimiento del Señor Presidente
de la República que en este video se evidencian, lo que llama más la atención
es la afirmación expresada por la MÁXIMA AUTORIDAD DEL PODER ELECTORAL en el
minuto 2:23, donde mostró una fotocopia de un supuesto libro de registro escrito
a mano, en letra inelegible, que me imagino, es el documento fundamental que
utilizó el TSJ para decir que Maduro es Venezolano. Luego leyó de otro papel,
donde según sus propias palabras "está traducido” que el presidente nació
en La Candelaria. Para más descrédito, dijo esta perla: "NO VOY A SEGUIR DANDO DETALLES PORQUE REALMENTE ESE NO ES UN TEMA
DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL"
Pues
entérense mis amigos simpatizantes del partido de gobierno y contrarios que se
atreven a leerme, verificar que un candidato AL SER POSTULADO a un cargo de
elección popular cumpla los requisitos previstos, MAS QUE UNA COMPETENCIA, ES
UNA OBLIGACIÓN INEXCUSABLE DE ESE ORGANO EL CONSTATAR MEDIANTE COPIA
CERTIFICADA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO LA NACIONALIDAD DE ESE CANDIDATO (Más aún
si es para Presidente de la República).
ES
LA PRIMERA VERIFICACION QUE DEBE HACER EL CNE, no debe inscribirlo con una
copia de un libro con jeroglíficos "traducidos". Es un mandato de ese librito a
quien nadie le para, la CONSTITUCIÒN (Ver artículos constitucionales 7, 132,
137 41,67, 227, 229, 293).
Una
vez leídos lo artículos referidos, consulten la ley y a alguien conocedor y
confiable que le explique. SI EN VERDAD ESTÁN INTERESADOS EN CONOCER PORQUE LA
PRESIDENTA DE UN PODER QUE SE SUPONE AUTÓNOMO NO DEBIÓ DECIR ESO. AHORA ESE TEMA
FUE "REMENDADO" POR UN DESVERGONZADO TSJ.
Cualquier
venezolano sabe que en este país, para alguna actividad medio formal se exige
con vehemencia, original o copia certificada de la partida de nacimiento… y
muchos funcionarios la requieren actualizada.
Para
finalizar les puedo asegurar:
LA SALA CONSTITUCIONAL NO OTORGA PARTIDA
DE NACIMIENTO
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